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Deducción al impuesto a las ganancias
Nuestra Fundación se sostiene gracias al aporte económico de nuestros donantes.
Con tu aporte no sólo nos ayudas a cumplir nuestras metas, sino que también es conveniente para reducir en el impuesto a las ganancias por donaciones.
¿Qué es la Deducción de Donaciones?
La Fundación TMO es exenta de IVA e Impuesto a las Ganancias, y a su vez, le da la posibilidad a sus donantes de deducir sus donaciones de la declaración jurada anual de Impuesto a las Ganancias, tal como figura en el Art. 81 C.
Toda persona física o jurídica inscripta puede realizarlo. La deducción se podrá hacer hasta el 5 por ciento de la Ganancia Neta Imponible.
Ley 26.928
ARTICULO 1º — El objeto de la presente ley es crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.
ARTICULO 9° — El empleador tiene derecho al cómputo de una deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al setenta por ciento (70%), en cada período fiscal, sobre las retribuciones que abone a trabajadores comprendidos en el artículo 1° de la presente ley.
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¿Qué es la Deducción de Donaciones?
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Ley 26.928
ARTICULO 1º — El objeto de la presente ley es crear un régimen de protección integral para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.
ARTICULO 9° — El empleador tiene derecho al cómputo de una deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al setenta por ciento (70%), en cada período fiscal, sobre las retribuciones que abone a trabajadores comprendidos en el artículo 1° de la presente ley.